La Mediación es un proceso de negociación mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial llamado mediador, que actúa sin facultad decisoria propia.

El mediador únicamente es el conductor de la sesión; recoge inquietudes, traduce estados de ánimo, explica posiciones, y en definitiva, ayuda a las personas que participan en el proceso a encontrar una solución elaborada por las propias partes y que sea satisfactoria para ambas, o si esto no ocurre, a acotar el conflicto para derivarlo entonces a la vía judicial.

La mediación es voluntaria, y nadie está obligado a  mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir un acuerdo. Es característica de la mediación la posibilidad de abandonar el proceso en cualquier momento,  pero si éste prospera, la solución al conflicto la acuerdan las propias partes, siendo el mediador la persona que les ayuda a encontrarla. En caso de desistir del procedimiento, si el conflicto persiste, la única vía para su solución es acudir a los tribunales.

Centros de Mediación, Arbitraje y Conciliación

Acceder

Principios informadores de la mediación

Los principios informadores de la mediación que afectan a los poderes públicos, instituciones de mediación, partes en conflicto y mediadores son: 

  • Voluntariedad.
  • Igualdad de las partes e imparcialidad del mediador.
  • Neutralidad.
  • Confidencialidad.
  • Buena fe y respeto mutuo de las partes.
  • Colaboración y apoyo al mediador.     

Los mediadores pueden ser personas naturales o jurídicas, siendo necesario que estas últimas estén representadas por una persona natural.

La mediación no es gratuita, y el coste se asume entre las partes, si bien en los supuestos en los que corresponda el derecho de asistencia jurídica gratuita se entenderá incluida dentro del asesoramiento y orientación gratuitos  previos al proceso, tal y como se prevé en la Ley de asistencia jurídica gratuita.